(Archivo 11/06/2009)
Lo prometido es deuda, aqui os dejo las bases del concurso y las normas de obligado cumplimiento del carnaval de Malaga 2009 para que las repaseis ...
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BASES DEL CONCURSO DEL CARNAVAL DE MALAGA 2009
PRIMER APARTADO: AGRUPACIONES DE CANTO
ARTICULO 1º. MODALIDADES, DIVISIONES E INSCRIPCIÓN
Las agrupaciones que se inscriban en el Concurso Oficial de Agrupaciones de Canto (en adelante COAC), se encuadrarán dentro de una de las siguientes modalidades: MURGAS, COMPARSAS, CUARTETOS Y COROS.
A la vez, cada una de las agrupaciones tendrá que adscribirse a una de las siguientes divisiones: LOCAL o PROVINCIAL.
La División será elegida libremente por cada agrupación, independientemente de la localidad de la que proceda. Dicha elección repercutirá, exclusivamente, en las Normas de Obligado Cumplimiento, que serán distintas para cada División, con distintos derechos y distintas obligaciones (que se reglamentarán en las Normas de Obligado Cumplimiento).
Solo podrán participar en el COAC aquellas agrupaciones inscritas en tiempo y forma reglamentada; para ello, la Fundación Ciudadana del Carnaval de Málaga (en adelante FCCM) a través de sus órganos competentes, determinará y comunicará, donde y como corresponda, las fechas de apertura y cierre del registro de inscripción.
Al solicitar la inscripción (prescripción), la FCCM facilitará al representante legal de cada agrupación, que deberá acusar el recibo, la siguiente documentación:
Boletín/Solicitud de inscripción.
Autorización de estreno de obra de autor.
Ejemplar de Normas de Obligado Cumplimiento.
Ejemplar de las presentes bases.
-
Ficha oficial de acceso al escenario
De toda la citada, y antes de que finalice el plazo establecido, deberá devolver a la FCCM solo la que sigue:
- Solicitud de inscripción,
- Ficha de componentes. Donde deben figurar todos los componentes de la agrupación debidamente cumplimentada en todos sus apartados.
- Autorización de estreno de obra de su autor
- Ficha de acceso al escenario debidamente cumplimentada en todos sus apartados que será entregada junto con las letras una hora antes del comienzo de las distintas fases del concurso y debe coincidir los D. N. I. Con la ficha de componentes anteriormente entregada
Todo participante deberá presentar el D.N.I. en la entrada de camerinos.
El mínimo de edad para poder participar en el COAC se establece en doce años, siendo obligatoria la presentación de una autorización paterna para los concursantes menores de dieciséis años, que no podrán ser inscritos sin la misma.
La autorización por parte del autor de estreno de obra deberá ser visada, previamente a su entrega, por la Asociación de Autores del Carnaval de Málaga, en adelante AACM, a través de los órganos que estime competentes, que serán notificados al representante legal en el momento de la pre-inscripción.
Deberá ser cumplimentada en todos sus apartados y debidamente firmada en los lugares a ello destinados por el representante legal de la agrupación, lo que implica la aceptación de las presentes (así como de las Normas de Obligado Cumplimiento) y presupone su conocimiento previo tanto por aquél como por el resto de miembros de la agrupación.
El incumplimiento de las normas que rigen cada modalidad serán penalizadas según el artículo 25.
ARTICULO 2º. MURGAS.
2.1 Son aquellas agrupaciones carnavalescas que no están obligadas a interpretar su repertorio a más de una cuerda.
Se componen de un mínimo de ocho personas y un máximo de quince.
Estos componentes se acompañarán de los siguientes instrumentos: bombo con sus respectivos platillos, caja, un máximo de dos guitarras españolas y pitos, con los cuales será imprescindible dar la introducción musical en pasodobles y cuplés al menos. Se permitirá el uso de otros instrumentos musicales, sólo en presentación, estribillo y popurrí.
2.2 El repertorio estará compuesto por: presentación, dos pasodobles, dos cuplés (entendiendo siempre, y en adelante, que acompaña a cada cuplé su estribillo correspondiente para ser considerado como interpretado) y popurrí.
El orden de interpretación será el mencionado anteriormente, aunque se admitirá la interpretación alternada de pasodobles y cuplés, de tal modo que el orden de interpretación sea: presentación, pasodoble, cuplé, pasodoble, cuplé y popurrí.
El cuplé será considerado como la composición más característica de estas
agrupaciones.
La música de pasodoble y la de cuplé serán idénticas para las dos interpretaciones que se requieren de cada una de las composiciones citadas.
El citado repertorio será inédito en letra y música, a excepción de las composiciones musicales de presentación, estribillo y popurrí, en las que se podrán incluir melodías que no tengan el carácter de inédita.
Su duración no podrá exceder en ningún caso de veintiocho minutos, contados desde que se alce hasta que caiga el telón.
Si algún grupo una vez terminado su repertorio no ha llegado a los minutos antes mencionados si lo desea puede permanecer medio minuto mas en el escenario, pasado este tiempo se le bajara el telón.
Todo grupo tendrá un máximo de diez minutos para montar y desmontar (por ejemplo, de los diez minutos, puede utilizar 6 para montar sabiendo que solo le quedan 4 para desmontar.)
ARTICULO 3º. COMPARSAS.
3.1 Son aquellas agrupaciones carnavalescas que están obligadas a interpretar su repertorio a un mínimo de dos cuerdas (tenor y segunda).
Se componen de un mínimo de doce personas y un máximo de diecisiete.
Estos componentes se acompañarán de los siguientes instrumentos: bombo con sus respectivos platillos, caja, un máximo de tres guitarras españolas y pitos, con los cuales será imprescindible dar la introducción musical en pasodobles y cuplés al menos.
Se permitirá el uso de otros instrumentos musicales, aunque sólo en presentación, estribillo y popurrí
3.2 El repertorio estará compuesto por: presentación, dos pasodobles, dos cuplés (entendiendo siempre, y en adelante, que acompaña a cada cuplé su estribillo correspondiente para ser considerado como interpretado) y popurrí.
El orden de interpretación será el mencionado anteriormente, aunque se admitirá la interpretación alternada de pasodobles y cuplés, de tal modo que el orden de interpretación sea: presentación, pasodoble, cuplé, pasodoble, cuplé y popurrí.
El pasodoble será considerado como la composición más característica de estas agrupaciones.
La música de pasodoble y la de cuplé serán idénticas para las dos interpretaciones que se requieren de cada una de las composiciones citadas.
El citado repertorio será inédito en letra y música, a excepción de las commposiciones musicales de presentación, estribillo y popurrí, en las que se podrán incluir melodías que no tengan el carácter de inédita. Su duración no podrá exceder en ningún caso de veintiocho minutos, contados desde que se alce hasta que caiga el telón, si algún grupo una vez terminado su repertorio no ha llegado a los minutos antes mencionados si lo desea puede permanecer medio minuto mas en el escenario, pasado este tiempo se le bajara el telón .
Todo grupo tendrá un máximo de diez minutos para montar y desmontar (por ejemplo, de los diez minutos, puede utilizar 6 para montar sabiendo que solo le quedan 4 para desmontar.)
ARTICULO 4º. CUARTETOS.
4.1 Son aquellas agrupaciones carnavalescas que, no estando obligadas a interpretar su repertorio a más de una cuerda, se componen de un mínimo de tres personas y un máximo de cinco. Estos componentes se acompañarán de unas claves y pitos, con los cuales será imprescindible dar la introducción musical en, al menos, los cuplés (en los que también será admitido el uso de una guitarra española para su interpretación). Se permitirá el uso de otros instrumentos musicales, aunque sólo en estribillo y popurrí.
4.2 El repertorio estará compuesto por: presentación, parodia, dos cuplés (entendiendo siempre, y en adelante, que acompaña a cada cuplé su estribillo correspondiente para ser considerado como interpretado) y popurrí. El orden de interpretación será el mencionado anteriormente. La parodia será considerada como la composición más característica de estas agrupaciones, y deberá ser recitada y rimada, siendo opcional el intercalado de canciones dentro de la misma.
La música de cuplé será idéntica para las dos interpretaciones que se requieren de la composición citada.
El citado repertorio será inédito en letra y música, a excepción de las composiciones musicales de presentación, estribillo y popurrí, en las que se podrán incluir melodías que no tengan el carácter de inédita. Además, el mismo deberá ser recitado y cantado en partes aproximadamente iguales. Su duración no podrá exceder en ningún caso de veintiocho minutos, contados desde que se alce hasta que caiga el telón. Si algún grupo una vez terminado su repertorio no ha llegado a los minutos antes mencionados si lo desea puede permanecer medio minuto mas en el escenario, pasado este tiempo se le bajara el telón.
Todo grupo tendrá un máximo de diez minutos para montar y desmontar (por ejemplo, de los diez minutos, puede utilizar 6 para montar sabiendo que solo le quedan 4 para desmontar.)
ARTICULO 5º. COROS.
5.1 Son aquellas agrupaciones carnavalescas que están obligadas a interpretar su repertorio a un mínimo de tres cuerdas (tenor, segunda y bajo). Se componen de un mínimo de quince personas y un máximo de treinta y cinco. De entre estos componentes, un mínimo de tres y un máximo de diez conformarán la
rondalla, y se acompañarán de instrumentos de pulso y púa: guitarra española, bandurria y laúd. Se permitirá el uso de otros instrumentos musicales por parte de cualquier componente de la agrupación, aunque sólo en presentación, estribillo y popurrí.
5.2 El repertorio estará compuesto por: presentación, dos tangos, dos cuplés (entendiendo siempre, y en adelante, que acompaña a cada cuplé su estribillo correspondiente para ser considerado como interpretado) y popurrí. El orden de interpretación será el mencionado anteriormente. El tango será considerado como la composición más característica de estas agrupaciones. La música de tango y la de cuplé serán idénticas para las dos interpretaciones que se requieren de cada una de las composiciones citadas.
El citado repertorio será inédito en letra y música, a excepción de las composiciones musicales de presentación, estribillo y popurrí, en las que se podrán incluir melodías que no tengan el carácter de inédita. Su duración no podrá exceder en ningún caso de veintiocho minutos, contados desde que se alce hasta que caiga el telón. Si algún grupo una vez terminado su repertorio no ha llegado a los minutos antes mencionados si lo desea puede permanecer medio minuto mas en el escenario, pasado este tiempo se le bajara el telón. Todo grupo tendrá un máximo de diez minutos para montar y desmontar (por ejemplo, de los diez minutos, puede utilizar 6 para montar sabiendo que solo le quedan 4 para desmontar.)
ARTICULO 6º. TIPO.
El nombre de la agrupación, el disfraz y otros complementos utilizados y la relación entre todo ello y el repertorio a interpretar, así como la intencionalidad y originalidad del conjunto conforman el Tipo.
En caso de coincidencia de nombre de dos o más agrupaciones, solo se aceptará en el COAC la primera agrupación inscrita.
ARTICULO 7º. FIGURANTES.
Serán consideradas como figurantes aquellas personas que pueden estar en el escenario durante la actuación de las agrupaciones sin cantar ni tocar instrumento alguno. Se permitirán un máximo de diez figurantes, que deberán permanecer durante toda la actuación en el escenario, no pudiendo salir a vestuarios hasta que finalice la actuación del grupo para evitar confusión en el jurado.
Queda prohibido hacer play-back por parte de los figurantes.
En ningún momento podrá entrar a formar parte del grupo.
No se podrá inscribir como componente del grupo y después salir como figurante.
Todo aquel que se inscriba como componente del grupo esta obligado a cantar la totalidad del repertorio.
-
La agrupación que inscribiendo figurantes no ejerzan como tales, será motivo de sanción.
ARTICULO 8º. REPRESENTANTE LEGAL.
Será el único portavoz de cada agrupación ante la FCCM.
Deberá ser incluido como tal en el Boletín de inscripción, aunque no estará obligado a ser componente activo de la agrupación (se hará constar claramente, cuando así ocurra, para evitar que sea enumerado como un componente más).
La ausencia o la suplencia sin cesión de poderes del representante legal en cualquiera de los requerimientos que a continuación se relacionan se penalizarán según los artículos 25 y 26.
Funciones y competencias:
8.1 Presentar la documentación requerida en el Art. 1 en plazo reglamentario, consignando siempre a la firma de la misma D.N.I. y teléfono de contacto.
8.2 Entregar DIEZ copias mecanografiadas y encuadernadas del repertorio a interpretar en cada una de las fases del COAC a las que cada agrupación acceda.
Dicha entrega podrá hacerse efectiva en una hora antes de la hora oficial de comienzo del evento en el que se participe (Ej. Si una Preliminar o Semifinal comienza a las 22 h., el plazo de entrega sería desde las 20 a las 21 h.). El grupo deberá entregar las letras que va a cantar en ese momento
La FCCM designará a las personas encargadas de efectuar la recogida de la documentación citada, dando crédito al representante legal mediante acuse de recibo.
8.3 Presentará cualquier posible reclamación ante la FCCM debidamente identificado, al igual que si la reclamación se dirige al Secretario del Jurado una vez haya comenzado el COAC.
8.4 Su firma será la única admitida como válida en todos los requerimientos de comprobación y confirmación que conlleven la aceptación de las Normas de Obligado Cumplimiento, en cuanto afecte al cumplimiento de las mismas o a otros actos que pudiesen adquirir carácter obligatorio para las agrupaciones participantes.
8.5 Si, por causa de fuerza mayor, fuese imposible la presencia del representante legal ante cualquier requerimiento, este podrá ceder los poderes a cualquier persona mediante autorización manuscrita, que se acompañará de fotocopia del D.N.I. Dicha cesión de poderes tendrá carácter temporal, y será considerada nula al extinguirse la causa de fuerza mayor que provoca la suplencia
SEGUNDO APARTADO: SORTEO
ARTICULO 9º. NORMAS.
La FCCM convocará a todos los representantes legales de las agrupaciones para la celebración de un sorteo donde se fijará el orden de actuación de las mismas, sorteando cada modalidad por separado.
El orden de actuación por modalidades, en cada una de las fases del COAC, se conjugará por parte de la FCCM en función del número de agrupaciones inscritas en cada una de ellas, que fijará, además, los descansos que estime oportunos.
TERCER APARTADO: PRESENTACIONES Y ENSAYOS GENERALES
ARTICULO 10º. SOBRE LOS MISMOS.
Antes de las presentaciones o ensayos generales no se podrá actuar ni difundir públicamente los repertorios ni podrán difundirse libretos ni grabaciones de ningún tipo (sean comerciales o no).
Podrán ser realizados dentro de los treinta días naturales inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del COAC.
La FCCM recomienda a las agrupaciones que comuniquen a la misma las fechas en las que vayan a realizar las presentaciones, con el objeto de poder compatibilizar dichas fechas para que no se acumulen muchas de ellas un mismo día; se pretende con esto potenciar, mediante la pertinente publicidad, la asistencia de público a las mismas y la difusión de cada una de ellas por los distintos medios de comunicación.
CUARTO APARTADO: EL JURADO
ARTICULO 11. COMPOSICION.
Se establece un jurado compuesto de: Presidente, Secretario, cinco vocales para comparsas y coros y otros cinco para murgas y cuartetos.
ARTICULO 12. PRESIDENTE.
Será designado por la FCCM, y serán competencias suyas las que se relacionan:
12.1 Cumplirá y hará cumplir las presentes bases.
12.2 Convocará y presidirá el Jurado en todas las reuniones necesarias para el desarrollo del COAC.
12.3 Ordenará el comienzo y el fin de las sesiones a celebrar durante el COAC. Justificará públicamente cualquier alteración en las mismas. . No permitirá el comienzo de una actuación si, por cualquier causa, no concurriesen la totalidad de los vocales con obligación de puntuar a la agrupación que esté en escena.
12.4 Actuará con voz pero sin voto.
ARTICULO 13. SECRETARIO.
Será designado por la FCCM, y serán competencias suyas las que se relacionan:
13.1 Dará fe en cuantos documentos fuese necesario.
13.2 Levantará acta de cualquier incidencia del COAC.
13.3 Auxiliará al Presidente en el exacto cumplimiento de las presentes bases.
13.4 Será responsable, en todo momento, de las fichas de puntuaciones y de toda la documentación.
13.5 Efectuará, en presencia de los miembros del Jurado, el recuento de puntuaciones otorgadas a cada agrupación, dando por cerrada cada actuación, y levantará acta de relación de puntuaciones globales de cada sesión al término de la misma.
13.6 Actuará sin voz ni voto.
13.7 Será el único portavoz ante la FCCM, los representantes legales de las agrupaciones y cualquier otra parte interesada.
ARTICULO 14. VOCALES.
Se designarán cinco vocales para las modalidades de comparsas y coros y otros cinco para murgas y cuartetos.
14.1 Al comienzo de la actuación de cada agrupación, los Vocales del Jurado recibirán del Secretario las fichas de puntuaciones que, una vez cumplimentadas en su totalidad, finalizada la actuación en curso, serán devueltas al mismo.
ARTICULO 15. INCOMPATIBILIDADES DEL JURADO.
15.1 Los nombres del jurado no se hará público hasta el mismo día del comienzo de las preliminares
ARTICULO 16. ACTUACIONES Y DELIBERACIONES DEL JURADO.
16.1 El jurado quedara oficialmente constituido cuando concurran el Presidente, el Secretario y los diez vocales
16.2 Todas las deliberaciones del Jurado, que nunca podrán versar sobre puntuaciones ya entregadas al Secretario, tendrán carácter secreto. Si el presidente, secretario o algún miembro de la junta directiva de esta Fundación tuviera conocimiento que un miembro del jurado a filtrado puntuaciones, este será sustituido por otro que la Fundación designe, mientras se busca el sustituto, el presidente del jurado ocupara el puesto vacante.
16.3 Previa convocatoria del Secretario, el jurado se reunirá para estudiar y pronunciarse sobre las posibles reclamaciones que referente al C.O.A.C, hayan sido hechas llegar al Secretario por parte de los representantes legales de la agrupaciones.
PAGINA EN CONSTRUCCION, DISCULPEN LAS MOLESTIAS ...
QUINTO APARTADO: DESARROLLO DEL CONCURSO
ARTICULO 17. FASES.
El COAC constará de tres fases: preliminar, semifinal y final.
ARTICULO 18. PRELIMINAR.
En la misma participarán todas las agrupaciones legalmente inscritas, de acuerdo al orden
establecido en sorteo.
Las agrupaciones asumirán, tras concluir su actuación, el derecho de percepción de las
prestaciones o partidas compensatoria de gastos que correspondan a la División en la que se
hayan inscrito, según se desarrolla en las Normas de Obligado Cumplimiento, para esta fase.
Dichas cantidades serán liquidadas por la FCCM en fecha y forma comunicada por la misma a
las agrupaciones una vez concluido el COAC.
ARTICULO 19. SEMIFINAL.
Participarán en esta fase un número determinado de agrupaciones (se determina en,
aproximadamente, un 60 % del total de cada modalidad), en función de su puntuación total (en
orden descendiente). El corte será fijado por la FCCM una vez sea oficial el número de
agrupaciones debidamente inscritas y será dado a conocer a las agrupaciones antes del inicio del
COAC. Si el porcentaje anteriormente indicado es insuficiente para celebrar una semifinal, la
junta directiva decidirá cuantas agrupaciones pasan al mencionado encuentro.
En el caso de que exista empate entre dos o más agrupaciones que estén en la línea de corte,
pasará a esta fase aquella cuya puntuación sea mayor en su composición más característica. De
persistir la igualdad, se compararán entonces, hasta que se deshaga el empate y en este orden, las
puntuaciones de la otra composición original (pasodoble en murgas y cuplés en comparsas,
cuartetos y coros), popurrí y presentación. Si, tras el análisis de todas las puntuaciones, aún
existiese equilibrio, pasarán a la siguiente fase todas las agrupaciones implicadas.
Si el jurado considerase la calidad general de alguna modalidad por debajo de la exigida por el
nivel de corte, tendrá la potestad de pasar a esta fase un número de agrupaciones menor al
establecido previamente.
Todas las agrupaciones tienen la obligación de cambiar la letra de sus composiciones
(Cuplés y Pasodobles), en ningún momento se podrá cambiar la letra de la presentación,
estribillo y popurrí, respecto al repertorio presentado en la fase preliminar.
Las agrupaciones asumirán, tras concluir su actuación, el derecho de percepción de las
prestaciones o partidas compensatoria de gastos que correspondan a la División en la que se
hayan inscrito, según se desarrolla en las Normas de Obligado Cumplimiento, para esta fase.
Dichas cantidades serán liquidadas por la FCCM en fecha y forma comunicada por la misma a
las agrupaciones una vez concluido el COAC.
19.1 Las agrupaciones finalistas acceden con este punto a la convocatoria de F.C.C.M. durante los
días del calendario oficial a los actos programados para las agrupaciones finalistas. Así como si
fuera necesario contar con su participación en cualquier evento importante para el fomento y
difusión de la fiesta durante el año (comprometiéndonos a avisar al menos con veinte días de
anticipación ) fuera de fechas oficiales, ya que según el concurso sois lo más representativos del
CARNAVAL DE MALAGA
ARTICULO 20. FINAL.
En la misma participarán las cinco agrupaciones de cada modalidad que hayan obtenido la mayor
puntuación en la suma de preliminares y semifinales.
En el caso de que exista empate entre dos o más agrupaciones que estén en la línea de corte, se
tomarán las normas de desempate aplicadas en la fase preliminar y semifinal. Esta norma se
aplicará también, en caso de empate, para la adjudicación del resultado final y la consiguiente
consecución de premio. Si, tras el análisis de todas las puntuaciones, existiese equilibrio entre
grupos finalistas, se declararán tantos premios como grupos haya en la posición establecida
(podrá haber, por ejemplo, dos primeros premios en caso de empate, o dos terceros, etc.).
Si el jurado considerase la calidad general de alguna modalidad por debajo de la exigida por el
nivel de corte, tendrá la potestad de pasar a esta fase un número de agrupaciones menor al
establecido previamente.
Todas las agrupaciones tienen la obligación de cambiar la letra de sus composiciones
(cuplés y pasodobles), en ningún momento se podrá cambiar la letra de la presentación,
estribillo y popurrí, respeto a repertorio presentando en la fase preliminar
Las agrupaciones asumirán, tras concluir su actuación, el derecho de percepción del premio que,
tras la votación del Jurado, les haya sido otorgado. Dichos premio serán liquidados por la FCCM
en fecha y forma comunicada por la misma a las agrupaciones una vez concluido el COAC
ARTICULO 21. FALLO DEL JURADO
Una vez concluida la fase final se abrirá un periodo de quince minutos en los que se podrán
presentar las posibles reclamaciones que los representantes legales estimen, siempre que
conciernan a agrupaciones finalistas, que serán resueltas de forma inmediata por el Jurado. Una
vez finalizados estos trámites se hará público, mediante los cauces que la FCCM estime
oportunos, el fallo del Jurado, que será inapelable, así como las posibles faltas imputadas en el
transcurso de la final.
ARTICULO 22. PREMIOS.
Se establecen cinco premios por modalidad, consistentes en trofeo y cantidad económica a
determinar y publicar por la FCCM antes del inicio del COAC.
SEXTO APARTADO: PUNTUACION
ARTICULO 23. SOBRE LAS MISMAS.
Las fichas de puntuación que el Secretario del Jurado entregará a cada Vocal para su debida y
total cumplimentación.
Las puntuaciones referidas serán a razón de una por Vocal en cada fase del COAC. La
puntuación más alta y la más baja se eliminarán, siendo la puntuación total la suma de las tres
restantes.
Las puntuaciones serán acumulativas solo en (preliminares y semifinales).
Todas las puntuaciones serán hechas públicas en plazo y forma, a determinar por la FCCM, en
un plazo máximo de treinta días a partir de la publicación del fallo del Jurado.
SEPTIMO APARTADO. GRUPOS DE DESFILE
BASES DE GRUPOS DE DESFILES A PIE
INSCRIPCION: Al solicitar la inscripción la FCCM. facilitara al representante legal de cada
grupo que deberá acusar recibo de la siguiente documentación:
1º Boletín –solicitud de inscripción
2º Ejemplar de normar de obligado cumplimiento
3º Ejemplar de las presentes bases
4º Ficha de componentes
TODA ESTA INFORMACIÓN DEBERÁ DEVOLVERSE A LA FUNDACIÓN ANTES DE QUE FINALICE EL PLAZO ESTABLECIDO.
ART, 1º DEFINICIÓN:
Los grupos de desfile a pie estarán compuestos de un mínimo de 15 componentes pudiendo ser estos femeninos o masculinos mixto y menores mixto acompañados de adultos.
Los menores podrán participar con los adultos no existiendo impedimento alguno. No obstante cuando los
componentes del Grupo de desfile de a pie sean totalmente menores de edad cada grupo contara con dos
personas adultas responsables que asumirán las obligaciones y derechos de conformidad a los
establecidos en estas bases.
DISFRAZ: Deberá cumplir un mínimo de vistosidad en su presentación.
INSTRUMENTOS: Los grupos de desfile a pie podrán acompañarse de todos los instrumentos
musicales que deseen siendo indispensable silbato y bombo. O equipo de música
REPERTORIO: Los grupos deberán interpretar canciones y músicas carnavalescas pasacalles y otros
ritmos durante el desfile, y en los demás actos organizados.
NOTA: Se tendrán en cuenta los méritos del disfraz, la participación activa y ambientación carnavalesca,
coreografía, movilidad y música ambiental en todos los actos en que se participen
La organización determinar los actos a los que tendrán que estar presentes
La participación en este concurso supone la aceptación de la normas de obligado cumplimiento
OCTAVO APARTADO DIOSES
BASES PARA EL DIOS MOMO Y DIOSA DEL CARNAVAL
INSCRIPCIÓN: Al solicitar la inscripción, la FCCM facilitara al representante legal de cada grupo
que deberá acusar recibo de la siguiente documentación:
1º Boletín –solicitud de inscripción
2º Ejemplar de normar de obligado cumplimiento
3º Ejemplar de las presentes bases
4º Ficha de componente
TODA ESTA INFORMACION DEBERA DEVOLVERSE A LA FUNDACIÓN ANTES DE QUE FINALICE EL PLAZO ESTABLECIDO
A) DEFINICIÓN: El Dios Momo es el símbolo del Carnaval como antiguo mitológico “Dios de la risa”
representa con figura humana a todo el contenido fisiológico y existencial del carnaval. Por su
carácter de dios mitológico esta revestido de grandeza y por su condición de hacer reír esta tocado de
cierto aire grotesco.
Es importante que señale y diferencien con su disfraz su condición de REY del Carnaval en su porte
masculinidad y majestad exista una diferencia obvia con la Diosa del Carnaval.
La diosa del carnaval es la representación exuberante de la mujer en donde la belleza el atractivo y la
sensualidad intervienen como factor determinante y exista un realce de feminidad en su disfraz que la
diferencia claramente del Dios Momo.
B) PRESELECCIÓN: Se llevara a cabo por parte de la Fundación del Carnaval una preselección tanto
de dioses momo como de diosas del carnaval en el lugar y la hora que se designe.
C) CONDICIONES DEL CONCURSO: Los concursantes podrán ser presentados por la Junta de
Distrito Asociaciones Peñas Establecimientos Comerciales otros colectivos e incluso a titulo
particular
La fecha limite de inscripción en la Fundación del Carnaval ira al final de las bases
La presentación de los seleccionados se realizara en el lugar que la fundación designe es
obligada la asistencia de los concursantes a cuantos actos sean requeridos por la Fundación
Ciudadana del Carnaval y deben aceptar las normas de obligado a cumplimiento.
La edad mínima de los participantes es de 18 años.
LOS TRAJES: Los trajes presentados en la preselección serán los mismos con los que
concursaran en la final
Prohibiéndose retoque o cualquier alteración de los mismos
La valoración de los disfraces estará determinada no solo por su belleza sino por otros conceptos
entre los que destacaran la laboriosidad colorido originalidad elegancia y ligereza en sus
movimientos
En tal sentido se establecen las siguientes normas:
.- Las dimensiones máximas serán hasta un máximo de 4x 4 metros (en el incluye la estatura de
la persona que lleva el traje).
. -Es obligatorio la movilidad por el escenario o pasarela de los mismos
.- Los trajes se presentaran siempre completos en todos los actos que requieran la fundación
ciudadana del carnaval de Málaga. Si no serán penalizados con la sanción que la FCCM estime.
Todo participante deberá llevar un CD con la música con la que desea presentar su fantasía.
4º Todo participante (diseñador) que se inscriba y no presente el traje completo y
debidamente confeccionado será penalizado con no participar en este concurso ni en otra
modalidad similar (léase Drag Queen, etc.) durante dos años.
5º Todo participante podrá llevar dos personas como acompañantes, incluyéndolos en la
ficha de inscripción.
NOVENO APARTADO DE PRINCIPES
INSCRIPCIÓN: Al solicitar la inscripción la FCCM facilitará al representante legal de
cada grupo que deberá acusar recibo de la siguiente documentación:
1º Boletín –solicitud de inscripción
2º Ejemplar de normar de obligado cumplimiento
3º Ejemplar de las presentes bases
4º Ficha de componentes
TODA ESTA INFORMACIÓN DEBERA DEVOLVERSE A LA FUNDACIÓN ANTES DE QUE FINALICE EL PLAZO ESTABLECIDO
1º Los príncipes del carnaval se encolaban en apartados de Dioses llenando las franjas de edad
desde los 12 hasta los 17 años.
2º El príncipe iría en importancia justamente detrás del Dios Momo y la Princesa seguidamente
de la Diosa.
3º Los participantes se ajustaran a las bases de los Dioses, excepto las medidas del disfraz que
quedan establecidas a un máximo de dos metros de envergadura deben distinguirse muy claramente los
diseños de Príncipe (hombre) y de Princesa (mujer).
4º Todo participante (diseñador) que se inscriba y no presente el traje completo y
debidamente confeccionado será penalizado con no participar en este concurso ni en otra
modalidad similar (léase Drag Queen, etc.) durante dos años
5º Todo participante podrá llevar dos personas como acompañantes, incluyéndolos en la
ficha de inscripción.
DÉCIMO APARTADO DIOSES INFANTILES
1º Los Dioses infantiles se engloban en el apartado de Dioses de Carnaval y son los
representantes máximos de los niños en la fiesta e iría en importancia justamente detrás de los Príncipes.
2º Los premiados tienen que aceptar las bases de obligado a cumplimiento ya que son
imprescindible para todo los concursos de la fiesta y de esa forma se le podrá dar orden día y actos
obligatorios que deben de asistir.
UNDÉCIMO: APARTADO DRAG QUEEN
INSCRIPCION: Al solicitar la inscripción la FCCM facilitará al representante legal de cada
grupo que deberá acusar recibo de la siguiente documentación:
1º Boletín –solicitud de inscripción
2º Ejemplar de normar de obligado cumplimiento
3º Ejemplar de las presentes bases
4º Ficha de componentes
TODA ESTA INFORMACIÓN DEBERA DEVOLVERSE A LA FUNDACIÓN ANTES DE QUE FINALICE EL PLAZO ESTABLECIDO.
1. En Drag Queen es importante que resalte su disfraz, la imaginación, la belleza y el maquillaje,
realzando su factor artístico en la puesta en escena.
2. Preselección. Se llevara a cabo por parte de la fundación ciudadana del Carnaval en el lugar y
la hora que se designe.
3. Los participantes podrán sé representados por asociaciones, peñas, junta de distrito otros
colectivos y particulares.
4. La fecha límite de inscripción sé la que designe la fundación, con sede en calle Pasaje Calderón
y Cubero s/n de esta ciudad.
5. Es obligada la asistencia de los participantes a cuantos actos sean requeridos por esta
fundación.
6. La edad mínima para su participación es de 18 años.
7. La valoración de los disfraces estará determinada, no solo por su belleza, sino por otros
conceptos a la hora de presentarlos en pasarela o escenario (originalidad, movilidad y
expresividad). Establecerán tres premios.
8. Al inscribirse se entregará a cada uno de los participantes un ejemplar de bases.
9 Todo participante deberá llevar un CD con la música que desea presentar y no excederá de 5
minutos.
10 El veredicto del jurado será inapelable.
11 Todo participante que falte a algunos de los puntos mencionados, será penalizado total o
parcialmente con el premio, también se sancionara la falta de puntualidad a cualquier acto en
el que se haya requerido.
12º Todo participante (diseñador) que se inscriba y no-presente el traje completo y debidamente
confeccionado será penalizado con no participar en este concurso ni en otra modalidad similar
(léase Dios, Diosa, etc.) durante dos años.
13 º Todo participante podrá llevar dos personas como acompañantes, incluyéndolos en la ficha
de inscripción.
Para poder concursar en cualquier modalidad establecida por esta Fundación, deberá haber un
mínimo de 3 de la misma modalidad.
DUODÉCIMO APARTADO: FALTAS Y PENALIZACIONES
ARTICULO 24. TIPOS DE FALTAS Y PENALIZACIONES.
Se establecen tres tipos de faltas a imputar durante el desarrollo del COAC: leve, grave o muy
grave. Estas tendrán reflejo en las distintas penalizaciones que, a continuación, se enumerarán.
Se distinguirá, además, la misma clasificación de faltas para las Normas de Obligado Cumplimiento,
aunque tendrán distintas penalizaciones.
ARTICULO 25. FALTAS RELATIVAS AL COAC
Antes de ser publicado el veredicto en cada una de las fases, los representantes legales podrán
reclamar sobre supuestas infracciones.
En este supuesto, o por observación del propio Jurado de alguna posible infracción, se reunirá el
Jurado, a instancias del Presidente, para estudiar y pronunciarse sobre las mismas, aplicando el siguiente
cuadro de faltas.
25.1 FALTAS LEVES:
Se penalizarán restando hasta un máximo del 50% de la puntuación total
obtenida por la agrupación. Será considerada falta leve la acción de sobrepasar el límite
establecido para cada actuación, y se penalizará con un 10% de la puntuación por cada minuto o
fracción que supere los veintiocho permitidos.
25.2 Se considerará falta leve si el Jurado observara que algún componente de la agrupación está
leyendo parte del repertorio y se penalizará con el 10% de la puntuación.
25.3 Se considerará falta leve si el grupo canta alguna letra que no esta incluida en la entregadas para
la actuación de ese día y se penalizará con el 10% de la puntuación.
25.4 Todo grupo tiene la obligación de apuntarse a cualquier fiesta que organice esta Fundación, el
grupo que no asista a tal acto será penalizado con el 10 % de la puntuación que obtenga en las
preliminares del teatro, si el grupo tiene que asistir a una fiesta posterior a las preliminares y no
se presenta será penalizado con el 10% de la puntuación (semifinales) y si tiene que asistir a
alguna fiesta después del concurso de Canto y no se presenta , la penalización se efectuara
sobre el premio o accésit que le corresponda, y si no obtiene premio alguno esta fundación
decidirá cual es la penalización.
25.5 FALTAS GRAVES:
Se penalizarán con la descalificación de la agrupación.
Serán consideradas faltas graves las siguientes:
-El incumplimiento, en modo y forma, de cualquiera de las normas relacionadas en los
artículos 2, 3, 4 y 5.
-El incumplimiento del artículo 7.
-El incumplimiento por parte del representante legal de la agrupación del artículo 8.2.
25.6 FALTAS MUY GRAVES:
Se penalizarán con la prohibición de participar en el COAC en el
año posterior al que se concurra a la totalidad de miembros de la agrupación.
Será considerada falta muy grave aquella que, en voz del Jurado, haya incidido en el
normal desarrollo del COAC y que afecte de forma notoria a cualquier aspecto cívico o legal en
el desarrollo del mismo.
Cualquier falta imputada a una agrupación será comunicada al término de cada sesión al representante
legal del grupo afectado, que tendrá de plazo hasta el inicio de la sesión siguiente para recurrir la falta
(excepción hecha de la final, en la que el plazo solo será de quince minutos). Asimismo, se harán públicas
dichas faltas en la sesión inmediatamente posterior a la que tenga lugar, mediante los cauces que la
FCCM estime oportunos.
ARTICULO 26. FALTAS RELATIVAS A LAS NORMAS DE OBLIGADO
CUMPLIMIENTO.
Durante el desarrollo de las fiestas de Carnaval, la FCCM exigirá a las agrupaciones
participantes en el COAC el cumplimiento de las llamadas Normas de Obligado Cumplimiento, que serán
entregadas al representante legal de la agrupación en el momento de solicitar la inscripción. Se entenderá
que la agrupación que se inscribe acepta la totalidad de estas bases y, en consecuencia, las citadas normas.
En caso de incumplimiento, la FCCM penalizará a la agrupación, a través de los órganos de
seguimiento que estime oportunos, según el mismo sistema de faltas que rige el artículo 25.
26.1 FALTAS LEVES:
serán penalizadas con un 25% de descuento sobre el total de percepciones a
las que tenga derecho la agrupación en conceptos de subvenciones o premios. Dichas faltas se
considerarán como graves si el grupo al que se le impute es uno de los que hayan obtenido
premio en el COAC.
Serán consideradas faltas leves las siguientes:
- Acudir a cualquier acto recogido en las normas como obligatorio con menos del 90% de
personal inscrito en el COAC dentro de cada agrupación.
- La falta de puntualidad en el comienzo de los actos
- Alterar el orden establecido en las interpretaciones.
26.2 FALTAS GRAVES:
se penalizarán con un 50% de descuento sobre el total de percepciones a
las que tenga derecho la agrupación en conceptos de subvenciones o premios. Dichas faltas se
considerarán como muy graves si el grupo o modalidad al que se le impute es uno de los que
hayan obtenido premio en el COAC.
Serán consideras faltas graves:
- Presentarse con más de 10 minutos de retraso sobre la hora establecida en cualquier acto.
- Alterar el programa establecido.
- Faltar a escenarios o actos calificados como no oficiales pero que tengan carácter
obligatorio.
- La acumulación de dos faltas leves.
26.3 FALTAS MUY GRAVES:
se penalizarán con un 100% de descuento sobre el total de
percepciones a las que tenga derecho la agrupación en conceptos de subvenciones o premios.
Dichas faltas tendrán la penalización reglada en el artículo 25.3 si el grupo o modalidad al que
se le impute es uno de los que hayan obtenido premio en el COAC.
Serán consideradas como faltas muy graves las siguientes:
- Incomparecencia.
- Presentarse con un retraso de más de diez minutos sobre el horario fijado, o con al
menos, el 90 % de la agrupación, en los desfiles establecidos.
- Incidir en el normal desarrollo del programa de las fiestas y/o afectar de forma notoria a
cualquier aspecto cívico o legal en el desarrollo del mismo (disturbios, peleas, falta de
decoro, etc.)
- La acumulación de dos faltas graves.
DÉCIMO TERCERO APARTADO: LA FUNDACIÓN CIUDADANA DEL CARNAVAL DE
MÁLAGA
ARTICULO 27. SOBRE LA MISMA.
La FCCM, a través de su órgano ejecutivo, tendrá las siguientes competencias y funciones:
27.1Velará por el cumplimiento de la presente normativa.
27.2Sancionará a cualquiera que actúe como persona física e individual (independientemente de que
pertenezca o no a cualquier colectivo participante en el COAC) e incida en el normal desarrollo
del programa de las fiestas y/o afecte de forma notoria a cualquier aspecto cívico o legal en el
desarrollo del mismo (disturbios, peleas, falta de decoro, insultos o falta de respeto hacia los
miembros del jurado, miembros de esta Fundación o a dicha Fundación como Entidad etc.).
Dicha sanción constará de dos partes:
- La retirada inmediata del sancionado del acto en el que tengan lugar los hechos.
- La prohibición de comparecer en el COAC, en cualquiera de sus facetas, durante un periodo
de uno a cinco años, según se juzgue la gravedad de los hechos.
27.3 Se hará parte oyente en cualquier reclamación que suponga una vulneración a este texto.
27.4Realizará la preinscripción e inscripción de las agrupaciones.
27.5Reconocerá la figura del representante legal de cada agrupación.
27.6Fijará y hará público el oportuno calendario de festejos, en base a los siguientes criterios:
- Recinto teatral de celebración del COAC.
- Premios, subvenciones y partidas compensatorias de gastos a conceder.
- Apertura y cierre del registro de inscripciones.
- Fecha del sorteo -
- Formación oficial del Jurado.
- Orden de actuaciones y programa de sesiones del COAC.
27.7Reconocerá la figura del Autor de cada agrupación. Serán reconocidos un máximo de dos
autores por agrupación (música y letra), entendiendo que, de concurrir más, la agrupación tendrá
autoría colectiva. La acreditación como Autor será cotejada con la AACM, y será personal e
intransferible.
27.8Esta Fundación se reserva el derecho de distribuir o reproducir, todo cuanto acontece en dichos
concursos (videográfico, fonográfico, fotográfico. Etc.) siempre que esto sea necesario para el
impulso de los objetivos socioculturales que fomenta esta Fundación
NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO
CARNAVAL DE MÁLAGA 2009 A través de las presentes normas que a
continuación se reseñan la Fundación Ciudadana del Carnaval de Málaga,
pone en conocimiento de toda aquella persona que desee participar en
cualquiera de los actos y concursos que esta Fundación organiza que: “ Estas
normas, aprobadas en pleno, han sido elaboradas para conseguir engrandecer
y mejorar el Carnaval Malagueño y puesto que voluntariamente se participa en
él, cooperar y no perturbar el desarrollo del mismo es obra de todos. El
incumplimiento de estas normas conllevará una serie de penalizaciones que
van desde la suspensión del premio, prohibición de no participar en sucesivas
e incluso a la declaración de “persona non grata” en esta Fundación.
NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO para grupos de canto, desfile,
dioses, príncipes y dioses infantiles y drag Queen
1) Respetar los plazos de inscripción, fechas de entregas, bases y horarios que
se entregan en estas normas.
2) El nombre de la agrupación y participantes será definitivo a partir de
su inscripción en el plazo reglamentario e improrrogable.
3) Es fundamental la asistencia a las reuniones convocadas por esta
Fundación, donde se informará a los participantes de sus derechos,
obligaciones y posibles modificaciones de última hora. En estas reuniones será
obligatorio que los asistentes mantengan las normas de educación y respeto
mínimas para con los miembros de grupos e individuos participantes así como
para con los miembros de la Fundación, evitando el insulto y las agresiones en
las instalaciones donde se desarrollen las reuniones.
4) El sorteo de las diferentes modalidades, se desarrollara como viene siendo
habitual, con cabezas de serie por día y orden de actuación correspondiente,
tanto en preliminares como en las semifinales. El orden de la final se decidirá
por sorteo (solo podrá asistir al sorteo el representante legal).
5) No tendrá acceso al lugar de concurso, aún habiendo entrado en sorteo,
toda aquella persona o grupo que no esté incluida en la relación de acceso al
escenario que será entregado por el representante legal junto con las letras
una hora antes de cada actuación irán acompañado del DNI para presentarlo a
la entrada y que coincida con el reseñado en la hoja de acceso, en la relación
deberán incluir las 3 personas que tengan asignadas para maquillaje, estas
personas no pondrán entrar a escenario
6) En caso de existir cambio de participante del grupo (máximo 2 personas) se comunicará en la sede de esta Fundación al menos con 72 horas antes del
comienzo del concurso. (Se entiende por comienzo del concurso el 1º día
de preliminares)
7) Ningún grupo podrá usar el patio butaca para entrar o salir del escenario.
Una vez terminada la actuación, el grupo desalojará el camerino designado
para que otro grupo lo ocupe, saliendo del recinto obligatoriamente en un plazo
máximo de 20 minutos.
No se aceptará en los escenarios ninguna clase de propaganda que no
esté adherida a los parches de bombo y caja de cada agrupación. El
incumplimiento de esta norma se penalizará con falta grave.
8) El responsable legal de cada grupo de hará cargo de música, luces, subida y
bajada de telón. Esta persona deberá ir acreditada para tal fin.
9) El fallo del jurado será INAPELABLE. Así como las posibles faltas imputadas
en el transcurso de la final
10) Bajo ningún concepto el jurado de los diferentes concursos que esta
Fundación organice será molestado por ningún participante.
11) La F.C.C.M comunicara a todas las agrupaciones de canto desfile Dioses
Príncipes y Dioses infantiles el día, hora y lugar su participación en los distintos
actos de carnaval.
12) Si por causas de fuerza mayor la Fundación modificará alguno de los actos
programados (Pregón, Desfile, Carnaval en las calles o Entierro del Boquerón,
etc.) se comunicará telefónicamente al representante legal de cada grupo o
dioses y se difundirá la nueva fecha por los medios de comunicación locales.
También se informará de la nueva fecha en el contestador automático de la
Fundación (952350809).
13) Las agrupaciones inscritas en el apartado de provinciales recibirán una
subvención por desplazamientos a preliminares, así como a semifinales y
finales en el caso de acceder a ellas. Las agrupaciones finalistas, recibirán
también esta subvención por desplazamiento para asistir a los actos que
designe la Fundación, en todos los casos la subvención no superaría a un
máximo de 100 Km
14) Los grupos de canto, de desfile y dioses deben ser considerados con las
instalaciones y recintos donde se desarrollan las actividades del Carnaval. La
puntualidad en los actos de calle, la cooperación en el ritmo de los desfiles y la
no-interrupción de los mismos deben también ser respetados. Incurriendo en
Falta Grave el incumplimiento de esta norma Es importante para el
lucimiento de las agrupaciones en los desfiles que los acompañantes
vayan con el mismo disfraz de la agrupación si no deberán permanecer
fuera del mismo.
15) Todos los grupos de desfile, Dioses, príncipes, drag queen recibirán una
subvención (si la hubiere). Se debe tener en cuenta que en todos los actos
deben estar con el disfraz completo salvo por motivos de fuerza mayor,
debiendo en este último caso comunicarse a la junta directiva de la Fundación.
Cualquier agrupación o persona que no participe en el concurso en cualquier
modalidad y desee participar de forma oficiosa en los actos programados en la
calle deberá aceptar las normas de obligado a cumplimiento informando con
antelación a esta fundación con objeto de incluida en la relación de asistencia y
orden de actuaciones no aceptase esta norma no podrá asistir a ningún acto
hasta que no termine la programación oficial.
A la agrupación que desee participar de forma oficiosa esta fundación se
reserva la opción de subvencionarla o no si así lo hiciere no podrá hacer más
de la mitad que le correspondiera a las agrupaciones o personas oficiales.
16) Las agrupaciones o participantes que no cumplan con todos los puntos
expuestos en estas normas podrán ser penalizados tal como se recogen en él
articulo, 24, 25 y 26 de las normas y bases del concurso, la penalización se
haría extensiva al director y a todos los miembros del grupo y en el caso de los
dioses y diosas se haría extensivo al diseñador y demás colaboradores.
17) En todos los actos organizados por la Fundación figurará un responsable
de la misma, al que deberán dirigirse ante cualquier anomalía o incidente en el
desarrollo de dichos actos.
18) La inscripción en cualquiera de los concursos organizados por esta
Fundación conlleva la aceptación de sus normas y bases. Por lo tanto todo
aquel que faltase verbal o gráficamente a algún miembro de esta Fundación
será penalizado, previo acuerdo de la Junta de gobierno.
19) El Carnaval de Málaga es prioritario ante cualquier otro Carnaval
organizado en la provincia. Esta Fundación debe ajustarse a una programación
y los municipios que deseen consultar y ajustar su programa al nuestro, para
bien de los participantes, pueden hacerlo
Disposición transitoria Nº 1: En el caso especifico de la elección de Dioses y
teniendo en cuenta los hechos acaecidos en los últimos años (con acusaciones
infundadas a miembros del jurado y la Fundación), la junta directiva se
plantearía la posibilidad de no celebrar dicho concurso. En este caso la cuantía
de los premios y subvenciones se emplearía en encargar a prestigiosos
diseñadores de nuestra ciudad y provincia los trajes del Dios Momo y la Diosa
del Carnaval, del mismo modo en que se vienen realizando los encargos del
cartel anunciador del Carnaval y del diseño del Boquerón.
PROGRAMA PARA EL CARNAVAL DEL AÑO 2009
LA FCCM CELEBRARÁ UN CONCURSO DE PARTICIPACIÓN, DONDE
SE PODRÁN INSCRIBIR TODAS LAS AGRUPACIONES OFICIALES Y
NO OFICILES EXCEPTO LAS QUE QUEDEN FINALISTAS EN EL
C.O.C.A.
EL CONCURSO SE CELEBRARÁ EN EL RECINTO DE CARNAVAL, EN
LOS ESCENARIOS UBICADOS PARA TAL FIN.
PLAZO DE INSCRIPCIÓN GRUPOS DE CANTO: HASTA EL 16 DE
DICIEMBRE DE 2008 A LAS 22:30 HORAS
PLAZO DE INSCRIPCIÓN GRUPOS DESFILE : HASTA EL 19 DE
DICIEMBRE DE 2008 A LAS 22:30 HORAS
PLAZO DE INSCRIPCIÓN DIOSES Y DIOSAS : HASTA EL 19 DE
DICIEMBRE DE 2008 A LAS 22:30 HORAS
PLAZO DE INSCRIPCIÓN DRAG QUEEN: HASTA EL 19 DE
DICIEMBRE DE 2008 A LAS 22:30 HORAS